Obligación de recibir facturas electrónicas
Aplica a todas las empresas desde el 1 de septiembre de 2026.
Las fechas solo podrán aplazarse, si fuera necesario, por un máximo de 6 meses.
Las facturas deberán enviarse a través de una Plataforma de Desmaterialización Asociada (PDP) registrada o el portal estatal Chorus Pro.
La PPF (Plateforme Publique de Facturation) no gestionará la validación de facturas, solo actuará como directorio y concentrador de datos 1.
Número SIREN del emisor.
Dirección de entrega (si difiere de la del cliente).
Indicación de si la operación es una entrega de bienes, prestación de servicios o ambas.
Información sobre el régimen de IVA aplicado (por ejemplo, IVA devengado por cobro).
Las empresas también deberán reportar electrónicamente operaciones no sujetas a facturación electrónica, como
Ventas a consumidores finales (B2C).
Operaciones con empresas no establecidas en Francia.
Incluye herramientas de gestión de riesgos y validación previa de datos fiscales.
Permite exportar datos completos al entorno del proveedor en la nube, mejorando la seguridad y reduciendo costes de consultoría.
Compatible con cualquier ERP, permite análisis previos al envío de datos a la AEAT.