Anuncio oficial del sistema de facturación electrónica mediante la Resolución N.º 188.
Inicio de la primera fase con grandes contribuyentes.
Incorporación progresiva de más empresas en las fases 2, 3 y 4.
Inicio de la obligación para empresas que operan con el gobierno (B2G), independientemente de su tamaño o facturación.
El IVA de las facturas en papel dejó de ser deducible.
Finalización de la masificación: todas las empresas registradas a efectos de IVA deben emitir facturas electrónicas.
Expansión del sistema a nuevas categorías de contribuyentes B2C mediante la Resolución N.º 405/2024
Las facturas deben enviarse a la ETA para su validación antes de ser entregadas al cliente.
Las empresas deben estar registradas en el sistema y contar con un certificado digital emitido por la ETA.
Aplica a todas las empresas registradas a efectos de IVA en Egipto.
Incluye operaciones B2B, B2C y B2G.
Las facturas deben emitirse en formato JSON o XML.
Deben incluir:
– Firma electrónica válida
– UUID (Identificador Único Universal)
– Código estándar del producto o servicio (GPC – GS1)
Extracción de datos desde SAP y generación de facturas en formato legal (XML/JSON).
Análisis de brechas entre el estado actual del ERP y los requisitos de la ETA.
Integración con las APIs de la ETA para envío automático.
Configuración rápida mediante procesos batch.
◦ Firma digital integrada.
◦ Generación de UUID y hash criptográfico.
◦ Validación previa y trazabilidad completa.
◦ Archivo seguro de facturas electrónicas.
◦ Adaptabilidad a cualquier sistema ERP, no solo SAP.